June 17, 2019
Santiago Oeste un vector de crecimiento: ¿oportunidad o amenaza?
Los diputados que desataron el populismo que culminó en la creación del Distrito Municipal designado como “Santiago Oeste”, nunca se lo imaginaron. Tampoco lo supusieron los ciudadanos y organizaciones comunitarias que así lo exigieron. Cienfuegos es el tercer vector de crecimiento urbano del municipio Santiago. Esta nueva demarcación se ubica inmediatamente al Nor-Oeste de la Ciudadela Productiva PIVEM, “Víctor Espaillat Mera”, un ícono económico de República Dominicana y un patrimonio industrial de Santiago. Un área que debemos proteger. Santiago Oeste si entre todos lo manejamos bien, puede ser una gran oportunidad, pero si nos descuidamos se transformará en una gran amenaza.
La Alcaldía de Santiago y el Consejo para el Desarrollo (CDES) tendrán que contribuir en firme con la nueva gestión de Santiago Oeste. Zonificar los diversos usos territoriales y aportar reglas claras. Lo que el Ayuntamiento de Santiago apruebe es ley en todos sus distritos municipales. El Artículo 199 de la Constitución subraya que los municipios y distritos constituyen la base del sistema político local. Son entidades jurídicas de derecho público, responsables de sus actuaciones, con patrimonio propio, autonomía presupuestaria, potestad normativa, administrativa y de uso de suelo. “Fijadas de manera expresa por la ley” y sujetas a la fiscalización del Estado y al control ciudadano.
Las competencias de los distritos municipales están establecidas por el artículo 77 de la ley 176-07. Se impone que “mediante ley puedan crearse distritos para la administración desconcentrada de áreas del territorio, perfectamente diferenciadas y que comparten derechos o condiciones socioeconómicas similares, bajo la “coordinación superior del municipio a que pertenecen”. La ley 65-18 que eleva El Ingenio Abajo a categoría de distrito municipal, especifica su dependencia del Municipio Santiago.
El mapa del Distrito Santiago Oeste aprobado por la Ley 65-18 circunscribe la zona de mayor segregación socio-espacial del Municipio Santiago. Más de la cuarta parte de la población del Municipio Santiago se ubica en 15% del territorio de unos 16.4 kilómetros cuadrados de Santiago Oeste. Se estiman 105,371 viviendas calculadas a una tasa de fecundidad de 2.4 miembros/hogar. Hay más 32,665 viviendas pobres de las cuales 10,340 son informales de ocupación ilegal. El 80% de todas las viviendas de Santiago Oeste tienen techo de zinc, y el resto de yagua, plástico, cartón, madera y tejas.
Las recomendaciones mas razonables serían. Primero establecer una zona no urbanizable en los límites territoriales del Oeste y Sur del nuevo Distrito Municipal de acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial del Municipio (PMOT). Tanto al Oeste como al Sur de Santiago Oeste está el río Yaque del Norte. Es un limitante natural de los poderes discrecionales de aprobación de urbanizaciones irregulares y entrega de solares “al por mayor y detalle”: ¡Ojo al Cristo!
El Canal de Riego Ulises Francisco Espaillat (UFE), cursa al noroeste de este distrito. Tanto el Ministerio de Medio Ambiente como el INDHRI, deben realizar gestiones con este distrito y la Alcaldía de Santiago para apoyarse con programas de protección y limpieza del río y este canal de riego. Especialmente debemos controlar los residuos sólidos no degradables que se lanzan y colocar los aforos de control.
La prolongación de la Avenida Circunvalación Norte hacia el sur (Avenida Circunvalación Sur) que junto al Canal de Riego divide en dos partes casi iguales este distrito es vital. Esta vía es uno de los ejes de la trama viaria consensuada en el PES 2020, está casi concluida por el Ministerio de Obras Públicas (MOPC). Se ha acordado en la Junta de Directores del CDES, solicitar vía la Gobernación, su conclusión.
Hacia el Este de la de la Avenida Circunvalación Sur y del canal de riego, se encuentra el núcleo urbano urbanizado y consolidado del Distrito Municipal Santiago Oeste. Pero hacia el Oeste se observan importantes franjas de territorios de propiedad privada y pública, sin ningún tipo de desarrollo urbano. Áreas que de seguro desatarán apetencias de urbanización irregular, informal y oficiosa. Este hecho impone una exigente normativa apegada al ordenamiento territorial oficial que asegure el crecimiento vertical y la no aprobación de uso, en suelos no urbanizables.
Otro punto crítico son los servicios públicos que aunque fueron citados en los Considerandos de la ley 65-18, en los límites no han quedados incluidos en la geografía de Santiago Oeste, excepto el destino final de residuos. El artículo 29 de la ley 176-07 impone que la repartición de bienes, derechos y acciones se procederá a “distribuir” “entre municipios” que resultaren afectados. La ley precisa “entre municipios”, no entre un “municipio y un nuevo distrito que es parte del municipio cabecera.
Los servicios son: i) La planta de tratamiento de aguas residuales de todo el municipio que tendrá un mayor uso en la medida que se coloquen los colectores que conectan la zona del arroyo Pontezuela con las grandes tuberías que circulan hacia la planta de Rafey; y ii) el nuevo acueducto de la zona oeste de la ciudad en proceso de finalización, ambos servicios gestionados por CORAASAN. También iii) la moderna planta de reciclado de residuos sólidos agenciada por Ayuntamiento y CILPEN Global, iv) el relleno sanitario en proceso de reestructuración, v) el Matadero Municipal gestionado por la Alcaldía de Santiago y vi) La Cárcel de Rafey, agenciada por el Ministerio Público.
Santiago Oeste es un vector de crecimiento urbano de pobreza segregada, que requiere todo el apoyo de Santiago y de sus entidades. Cuando editemos el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial establecido por la Ordenanza 3240-10, habrá que difundirlo masivamente. Mandato que tiene el objetivo de asegurar un crecimiento sostenible, aumentar el sistema y anillo verde, evitar la conurbación de Santiago Oeste con Villa González, reducir el riesgo y proteger todas las fuentes de agua de la ciudad.