Nuevo Plan de Ordenamiento Territorial es integral y radical

El nuevo Plan de Ordenamiento Territorial Municipal de Santiago (PMOT-Santiago) es integral y radical. Integral para destacar su característica incluyente y exhaustiva del ámbito geográfico. Radical como adjetivo que no destila extremismos, sino que expresa los fundamentos de implantación de una normativa general como esta. Escribimos “implantar” porque debemos sembrar esta norma en los estilos y métodos de trabajo de constructores y de toda ciudadanía que interviene en el territorio.

Es una norma municipal para aplicarse afilada, categórica y tajantemente. Una ley local que se impone por la fuerza del Estado y los órganos de coerción expresados en policía nacional-municipal y las inspectorías del suelo. Que se facilita con educación ciudadana, pero también cuando proveemos estímulos fiscales a los buenos proyectos que promueven el uso armónico del vulnerable suelo santiaguero. Igualmente, el nuevo PMOT-Santiago facilita la vigilancia interinstitucional del territorio. Integra la Mesa de Coordinación Interinstitucional al CDES, CORAASAN, MIMARENA, MOPC, EDENORTE y otras entidades instituidas en Sección Segunda, Artículo 20 de esta norma.     

La norma resulta del trabajo concertado de la Alcaldía y el Concejo de Regidores, que aprobaron a unanimidad el nuevo ordenamiento territorial. Una herramienta legal y legítima para cumplir y hacer cumplir, ordenanzas, normas y reglamentos. Mandatos que marcan el modelo de crecimiento urbano de Santiago. Que establecen divisiones y fronteras territoriales; que disponen reglas para construir infraestructuras urbanas (agua, energía y vialidades entre otros) y todo tipo de edificaciones. Que instituyen órdenes para proteger recursos naturales, zonas de vida, cuencas hidrográficas y áreas vulnerables. Que determinan el peso de la microzonificación a cumplir por toda edificación.

Para el nuevo Plan Estratégico “Santiago 2030”, como marco maestro donde se inserta el ordenamiento territorial, se ha reforzado el marco conceptual asumido. El que ordena el territorio establece con impacto y eficiencia en la calidad de vida y la habitabilidad de la ciudad, una relación de componentes, propiedades y resultados esperados. En Santiago de los Caballeros más que en cualquier otra metrópolis o ciudad de República Dominicana, el Caribe o Centroamérica, el plan de ordenamiento territorial está aprobado con medidas de adaptación al cambio climático generado por el calentamiento global y alineado a las condiciones geológicas de un suelo productor de derrumbes, deslizamientos y movimientos sísmicos.   

Al final del siglo XX cuando muchas ciudades estaban en “Belem con los pastores”, en Santiago se aprobó y ejecutó en 1998, la Guía Normativa como instrumento legal que orientaba, limitaba o promovía las tendencias de expansión de la mancha urbana. A esta guía se acogieron los actores del sector privado que sometieron al Ayuntamiento para su aprobación, proyectos de nuevas edificaciones o urbanizaciones. Sin embargo, para la ocasión las entidades del Gobierno Nacional, como INVI, Ministerio de Obras Públicas y OISOE muchas veces, establecían y desarrollaban proyectos, sin considerar esta normativa.

Esta Guía Normativa fijó mandatos sobre el uso del suelo (permitido y restringido); el solar (fraccionamiento mínimo, ocupación máxima); las edificaciones (altura máxima; retiro mínimo de linderos) y trama viaria (arbolado urbano, distancia mínima entre límites de propiedades y dimensiones mínimas de aceras y calle). El Ayuntamiento de Santiago por medio de la primera Oficina Municipal de Planeamiento (OMPU), creada en el país, se encargó de formular, ejecutar, controlar y monitorear su aplicación.

En el año 2004 esta Guía Normativa fue actualizada y reformulada. Asimismo, se iniciaron los trabajos para instituir el definitivo Plan de Ordenamiento Territorial. La alianza Ayuntamiento y CDES con el auspicio de Fundación DEMUCA y AECID, completó todos estudios sectoriales requeridos para la elaboración del diagnostico territorial. Proceso que culminó con la aprobación de la Resolución municipal 2920-10 que creó una normativa intermedia denominada Esquema de Ordenamiento Territorial (EOT)  y el Avance de  Ordenación Urbano (AOU), herramienta autodefinida por sus promotores como “provisional”. 

Esta normativa innovadora del Ayuntamiento se nutrió de todos los estudios y recomendaciones aportadas por USAID, ICMA, BID y el CDES para asegurar una herramienta modernista. Con medidas y normas de adaptación al cambio climático y la valoración de condiciones de vulnerabilidad del territorio. Se incluye el municipio y la metrópolis de Santiago, incluyendo los Distritos Municipales dependientes del Ayuntamiento.

Tenemos una herramienta normativa del gobierno municipal que se aplica a partir de hoy como un instrumento normativo de lineamientos generales y específicos de ordenamiento territorial del municipio de Santiago orientado al establecimiento de la categorización del suelo municipal y de los procesos de fraccionamiento, edificabilidad, ocupación y usos del suelo.

Ambicionamos colaborar en firme con la Alcaldía para cumplir con las siguientes acciones. Primero, diseñar de forma gráfica, editar y lograr una impresión atractiva y educativa de esta normativa. Segundo, presentarla en un evento de impacto a todos los actores estratégicos interesados. Tercero, asegurar la masificación del nuevo Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de Santiago (PMOT-Santiago), colocándolo en Web y redes sociales del Ayuntamiento, Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), los 75 socios instituciones CDES y las entidades que así lo requieran. Cuarto, exponerlo en universidades y escuelas de arquitectura. Finalmente, Quinto pero fundamental, preparar inspectores y policías municipales que habrán de cumplirlo y hacerlo cumplir.

La aprobación de este pasado viernes 24 de mayo 2019 del Concejo de Regidores de la Resolución Municipal 3240-19 aporta al fin, el Plan Municipal de Ordenamiento Territorial de Santiago (PMOT-Santiago). Un instrumento técnico perteneciente al Sistema Nacional de Ordenamiento Territorial (SNOT), por medio del cual se enuncian, desarrollan y aplican las políticas públicas y normas de ordenamiento. Por tanto, el mismo se convierte en una herramienta de gobernabilidad, entendiéndose como un pacto social entre los actores que habitan, trabajan, se educan, y comparten en el territorio municipal: población, instituciones y territorio del municipio Santiago.

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